9.11.05

La sentencia de los epítetos

En Barcelona, una juez ha absuelto a un periodista que en un artículo llamó "hijo de puta" y "cabrón" al bailaor Farruquito. Dice la magistrada María del Mar Méndez González que la libertad de expresión es algo fundamental en la sociedad en la que vivimos. Y tiene toda la razón.
En la sentencia se detalla que las expresiones supuestamente injuriosas vertidas en el artículo de Gregorio Morán no pretendían atentar contra el honor del artista, sino que deben entenderse en un contexto de crítica a una conducta social reprobable.
La juez explica que la expresión "hijo de puta" no fue utilizada por el periodista "como un ataque personal contra Farruquito, sino como una definición que resulta aplicable a cualquier sujeto que, habiendo atropellado a un hombre, huya sin prestarle auxilio".
En cuanto al término "cabrón", recuerda la juez que la Real Academia Española lo aplica "al que hace cabronadas o malas pasadas a otro", y a su juicio, en el contexto del artículo, "es obvio que resulta gramaticalmente más apropiado que el calificativo de desgraciado", utilizado en su día por el representante de Farruquito para referirse al accidente.
La expresión "lumpen impresentable", también utilizada en el artículo para referirse a Farruquito, tampoco puede considerarse injuriosa al admitirse la tesis de Morán de que "el término acuñado por Marx venía a hacer referencia a una clase social, y en ningún caso debe ser tenido por insultante".
Se trata, pues, de una sentencia cuanto menos curiosa, perfectamente documentada y hábilmente explicitada por una magistrada que, independientemente del calibre de los epítetos utilizados por el periodista, apuesta claramente por la libertad de expresión, tan denostada en otras ocasiones.

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